Aprobada: ¿Cómo afecta al corredor popular la Ley de Seguridad Ciudadana?

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Hace justo un año escribí una entrada titulada ¿Como afecta al corredor popular el anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana? a raíz de la histeria generalizada dentro del mundillo del atletismo de calle por un pequeño apartado, que casi pasa de tapadillo, incluido dentro una iniciativa política mucho más ambiciosa con el objetivo de poner coto al derecho de reunión y manifestación de los ciudadanos. Pues ya tenemos aprobada ese  Proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana (sabiamente rebautizado como Ley Mordaza) del que ya dije en su momento lo que me parecía: retrógrado y antidemocrático en cuanto al preocupante recorte de nuestros derechos, y una tontería supina en el caso de lo que supuestamente afectaba a los corredores.

Hoy me vuelvo a hacer las mismas preguntas (y alguna más) que aquella vez para ver en qué punto nos encontramos.

¿Qué dice el proyecto?

Por ahora solo tenemos acceso al último borrador de julio que se presentó antes de la definitiva tramitación parlamentaria (el que más modificaciones comportaba respecto al anteproyecto), pero en esencia no ha cambiado excesivamente con el aprobado en el Congreso (el PP solo estimó a su modo algunas enmiendas parciales y, eso sí, introdujo la vergonzante legalización del devolución en caliente de los immigrantes de Ceuta y Melilla).

¿Y qué es lo que se indica en cuanto a lo que podría afectar al corredor popular? Que se considerará infracción de carácter leve «la práctica de juegos o de actividades deportivas en espacios públicos no habilitados para ello, cuando exista un riesgo de que se ocasionen daños a las personas o a los bienes«, que viene a ser lo mismo que ya se indicaba en el anteproyecto: no se ha tocado una coma del primer enunciado pero se ha eliminando la segunda parte («se impida o dificulte la estancia y el paso de las personas o la circulación de los vehículos») que era totalmente prescindible por redundante.

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¿Debo temer por mi actividad como corredor?

No. Y aquí insistiré con el mismo argumento que use en la anterior ocasión: ¿Sales a la calle a empujar a abuelas, subirte encima del capó de los coches y hacer zig zag en medio de una gran avenida para cortar el tráfico? Pues si la ley se justificase en esos términos entonces tú, corredor popular con dos dedos de frente,  no deberías preocuparte a no ser que seas un ser humano repugnante.

A partir de ahí, y a causa de la ambigüedad del texto, éste queda a la interpretación de las autoridades competentes, aunque ya te adelanto que el gobierno tiene una lista infinita de preocupaciones mucho más urgentes que la de ponerse a legislar el atletismo popular con fines públicos o lucrativos.

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¿Es cierto que me pueden multar con hasta 600.000 euros por correr en la calle?

No. Eso fue una exageración fruto de mezclar las cuantías económicas a desembolsar por sanciones leves, sanciones graves y sanciones muy graves. Las que tendrían alguna relación con las infracciones relacionadas con el deporte al aire libre son las últimas y éstas pueden ir de los 100 a los 600 euros.  Es cierto, de todas formas, que la acumulación de sanciones leves pueden comportar una sanción grave pero de ahí a decir que nos va a arruinar la vida (aunque cualquier multa pica que da gusto el bolsillo) media un abismo.

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¿Es una ley que se dirige directamente contra el corredor popular?

No, eso es absolutamente falso. Una interpretación ombliguista que se extrapola de exprimir hasta un punto que pierde el sentido el concepto La práctica de juegos o de actividades deportivas en espacios públicos. Dentro de ese enunciado puede caber de todo: desde hacer filigranas con un skate hasta darle patadas a un balón de fútbol descosido, y de todas esas actividades seguramente el running es la que menos perjudique el entorno, a terceros y a los bienes e inmuebles.

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Entonces ¿por qué se toma esta medida?

Hace un año, en un ejercicio de política-ficción y juego con la especulación, ofrecí tres posibilidades:

a) Que simplemente se haya añadido para endulzar un de ley que es una salvajada en cuanto a recorte de los derechos fundamentales (entre ellos el de reunión y de libertad de expresión). Algo que sí deberían escandalizarnos y enervarnos de verdad.

b) Que prevean que el auge del deporte al aire libre pueda ser tan descomunal que sea necesario una regularización para mantener la convivencia entre ciudadanos y deportistas.

c) Que haya una motivación puramente económica tras ello, ya sea por una simple cuestión de buscar nuevas fórmulas para recaudar impuestos o para abrir la veda a aquellos empresarios en ruinas que ven en el deporte al aire libre y la vida saludable un clavo ardiendo al que aferrarse, otra burbuja más que inflar y hacer saltar por los aires.

A día de hoy la más plausible es, sin duda, la primera. Lo he comentado antes, Rajoy y su séquito tienen demasiados marrones por delante (entre ellos el de la posibilidad real de perder el poder y, entonces, quedarse sin escudo ante los casos de corrupción) como para preocuparse del devenir del atletismo popular. Ahora, llegan tarde, pues pretendían acabar con las manifestaciones críticas y los que las apoyan y no se han dado cuenta que estos ya no las necesitan: se han convertido en partido político, una nueva estrategia más efectiva si el objetivo es echarlos de la poltrona.

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¿Es necesario que se regulen las prácticas deportivas al aire libre?

No vario ni una coma de lo que dije en su momento.

La pregunta correcta es: ¿ha habido algún tipo de incidente grave como para necesitar de una ley que impida que se vuelva a producir? Y la respuesta es claramente que NO. Cualquier tipo de infracción (antes conocidas como faltas y ahora como delito leve, véase el carácter delictivo que adquiere con la nueva normativa) hasta ahora había sido resuelta perfectamente a través de sanciones disciplinarias (las multas de toda la vida) o, en plan más cercano, la recriminación de otros deportistas y/o vecinos.

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¿Hay visos de que esta medida acabe fructificando?

Bueno, ya has visto que lo ha hecho. A pesar de la debilidad del Gobierno de Rajoy, la mayoría absoluta en la que se apoya su partido, el PP, dispone de una alfombra roja para que ésta se acabara consumando sin tener que sortear ningún tipo de obstáculo. La oposición promete revocarla en el caso de que ganen las elecciones pero ya sabemos que eso de «Tranquilos, a mí el poder no me va a cambiar» suele ser papel mojado si ven que va en contra de sus intereses.

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¿Hay que sancionar a corredores incívicos? 

Igual que antes, me reafirmo en lo que dije en su momento.

Habría que determinar primero que significa  incívico, un término que de tanto repetirse se está convirtiendo en un mantra orwelliano. Pero si me preguntáis a mí sobre si creo en las sanciones os diré que desterraría de la montaña a cualquiera que se dedique a dejar un rastro de mierda tras pasar por ella y que creo que aquel que no tiene ningún aprecio por la integridad de las personas y sus luchas (sí, aunque parezca mentira poder sentarse en un banco en un parque o poder adquirir un medio de transporte es fruto del esfuerzo colectivo del pueblo) no merece compartir los mismos espacios por donde yo circulo.

Pero, aun así, estoy completamente convencido de que con un poco de sentido común, de espíritu crítico y de concienciación colectiva todos estos problemas son perfectamente resolubles sin necesidad de ceder la potestad al poder político. La práctica del deporte lleva intrínseca una serie de valores que ya de por si está en las antípodas de cualquier acto incívico. Aunuqe como siempre digo: imbéciles te vas a encontrar en todos lados.

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Por último: ¿a qué se debe aquella histeria y este pasotismo? 

Digamos que lo de aquella vez fue fruto un cúmulo de factores que al coincidir crearon una pequeña bomba:

1) El texto era/es lo suficientemente ambiguo como par ser interpretado de muy diversas formas, la que caló con mayor fuerza fue la más polémica y demagógica de todas.

2) El fenómeno del running actual se sostiene, entre otros aspectos, en una visión idealizada del concepto de corredor: se supone que convergen en él tantas bondades que cualquier intento de señalar un pero se convierte en un ataque furibundo a la causa. El corredor es, en esencia, un ser dramático e inclinado a la épica, gracias a la sobreexplotación de este concepto por parte de las marcas comerciales y todo aquel que pretende sacar tajada del asunto.

3) El fenómeno del boca/oreja multiplicado por las redes sociales distorsionó totalmente el mensaje.

Pero, entonces, ¿por qué ahora está pasando más desapercibido si la el proyecto ha sido aprobado? Fácil. Dejando al margen que no se puede hacer nada para evitarlo (mayoría absoluta del PP) creo que sucede algo más importante: con tiempo, reposo y la posibilidad de verlo todo en perspectiva uno puede hacer una valoración más ponderada sin caer en falsos mitos.

11 comentarios en “Aprobada: ¿Cómo afecta al corredor popular la Ley de Seguridad Ciudadana?

  1. Pingback: Bitacoras.com

    • Tal como se vendió hace un año dentro del mundillo, en plan «nos odian», estoy seguro que no. Es más, creo que salvo casos puntuales y excepcionales, no se va aplicar a ningún tipo de actividad deportiva u ociosa.

      Salud

  2. Pingback: Aprobada la Ley de Seguridad Ciudadana: ¿podré correr sin que me multen? | SIEMPRE CORRIENDO

  3. Hola David, tens algun post sobre la mitja de Vilanova? he estat buscant pero no veig res per el Blog. Gràcies!

    • Ho sento, RafaZ,

      Tota la zona del Penedès encara la tinc com assignatura pendent que cobrir. I no serà perquè no hi hagin curses maques… Dues cames i massa poc temps. Algun dia caurà.

      Salut i sort

  4. Moltes gràcies David per fer una explicació tan clara i expressar una opinió d’una manera tan educativa. Com bé dius, lo q ens tendria q enfurismar es la retallada de drets i no aquest parraf que estic amb lo q diu gonzaloquintana, no crec q mai es posi en pràctica.

    Salut i força (i km)

    • Bon dia, Pere C.

      És que és això, molta gent s’ha quedat amb una tergiversació d’un punt que vist en perspectiva pot ser fins i tot discutible a favor i en contra amb arguments sòlids. La ‘Ley Mordaza’ és, per desgràcia, un ataca frontal a les llibertats de tots nosaltres, aquesta és la gran lluita.

      Salut

  5. Pingback: ¿Cómo se atreven? | BLOGMALDITO RUNNING PUB

  6. Comento en castellano porque aunque soy de Barcelona ya no domino muy bien el catalán, después de 25 años fuera de mi tierra, disculpádme.
    Solo quería comentaros que soy un runner de Calasparra, en Murcia, y que esta mañana he vivido una situación surrealista. La guardia Civil me ha parado mientras corría por el carril izquierdo de una carretera comarcal por la que llevo corriendo años.
    Me han dicho que no podía correr por ahí sin peto. Reconozco que no lo llevaba…HACE CALOR!, y creo que la ropa llamativa es suficiente, igual que en el caso de los ciclistas. Pero lo peor es que me ha indicado que aunque me lo ponga me multará si me vuelve a ver corriendo por la carretera.
    Mi pregunta: qué pasa con los peregrinos?, porque en esa comarcal transcurre el camino de la Veracruz, que transitan miles de peregrinos por el arcen. Es que es una cuestión de velocidad?…si corro a 15 por hora no vale pero si ando a 7 por hora si?…
    Solo deciros que estoy consultando la legislación ante el problema que se nos viene encima por este tema. Incluso viendo la forma de recurrir la posible multa que se me aplique, porque tarde o temprano me pillarán de nuevo…comprenderéis que yo no voy a parar de correr.
    Por cierto…unos minutos antes, un anormal me pitaba desde su furgoneta a mas de 120 km/h pasándome a medio metro…pero claro…a ese no lo pillan…va más rápido.
    Un saludo a todos.

    • Buenas, Toño,

      Por supuesto, ningún problema, intento responder siempre en el idioma en el que la gente me hace el comentario y que medio domino (catalán, castellano y, si no es muy complicado, inglés).

      Sobre el tema en cuestión. lo cierto es que es muy poco frecuente que se de una situación de este tipo, es posible que la Guárdia Civil se haya basado en la norma que obliga a cualquier peatón que transcurra en vía pública fuera de poblado a llevar algún elemento reflectante homologado pero solo desde que se pone el sol hasta que amanece. Por lo tanto, creo que andan equivocados aunque debo mirar bien la legislación por si ha habido algún tipo de modificación (no creo).

      Te paso un pdf de la propia DGT que lo explica.

      http://www.dgt.es/PEVI/documentos/catalogo_recursos/didacticos/did_adultas/peatones.pdf

      Cuando tenga más info iré comentándolo. Espero que puedas seguir con tu rutina sin ningún tipo de problema.

      Un saludo.

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